IVE

MI CUERPO, MI DESICIÓN

Reconocimiento histórico para la Mujer a su autonomía, su salud, y su dignidad.

LEY 27610: ACCESO A LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

Esta norma, sancionada el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, regula el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y la atención postaborto en todo el país.

Objeto de la ley: Garantizar el derecho de las mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir la interrupción de su embarazo.. Asegurar el acceso a la atención integral postaborto, en condiciones de calidad, confidencialidad y respeto por la autonomía. Cumplir compromisos internacionales en materia de derechos humanos y salud pública.

Plazos y causales: Hasta la semana 14 inclusive, la persona gestante puede acceder a la IVE sin necesidad de justificar causales. Después de la semana 14, solo se permite si: El embarazo es producto de una violación (con declaración jurada). Está en riesgo la vida o salud de la persona gestante.

Obligaciones del sistema de salud: La práctica debe realizarse dentro de los 10 días corridos desde su requerimiento. El sistema de salud debe garantizar: Información clara y accesible, Atención integral durante todo el proceso y Provisión de métodos anticonceptivos posteriores.


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Material informativo sobre el uso de misoprostol

El Ministerio de Salud pone a disposición de la cuminidad, en formato de folleto, material de lectura referida al uso de misoprostol

Este folleto constituye una herramienta de apoyo destinada a acompañar los tratamientos de interrupción voluntaria y legal del embarazo, realizados en forma ambulatoria y auto administrados por la persona gestante en su domicilio.

El material está diseñado para ser entregado por el equipo de salud luego de la instancia de consejería, de modo que la persona cuente con información confiable y actualizada acerca de:

  • ¿Qué es el misoprostol?.
  • Vías de administración y pautas de uso.
  • Efectos esperables y posibles efectos secundarios.
  • Señales de alarma que requieren atención médica.
  • Control posterior al tratamiento.
  • Opciones de anticoncepción post aborto.

Ante cualquier duda respecto de la explicación los afiliados/as de OSPUAYE pueden acceder a consultas por medio de canales de comunicación formal.

MINISTERIO DE SALUD

El Ministerio de Salud da acceso a información clara y responsable sobre salud sexual y reproductiva, promoviendo el cuidado, la prevención y la toma de decisiones informadas. Siempre respetando la libertad y la responsabilidad individual.

  • Bernardo de Irigoyen 296. Piso 2 y 3 (CABA)
  • Tel.: 08002223444
  • Correo electrónico: saludsexual@msal.gov.ar