LEY OBRA SOCIAL

NUESTRA REGULACIÓN

La Ley N.º 23.660, conocida como la Ley de Obras Sociales, regula el funcionamiento de las obras sociales en Argentina. Fue sancionada en 1988 y establece quiénes pueden brindar servicios de salud, cómo deben hacerlo y quiénes tienen derecho a recibirlos..

LEY 23660: LEY OBRA SOCIAL

Esta ley define a las obras sociales como entidades que brindan prestaciones médico-asistenciales y sociales a trabajadores, jubilados, pensionados y sus grupos familiares. Pueden ser sindicales, estatales, empresariales o por convenio, y todas deben estar registradas y supervisadas por la Superintendencia de Servicios de Salud..

Puntos Principales

  • Las obras sociales deben destinar sus recursos prioritariamente a la atención de la salud.
  • Están obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS) para operar legalmente.
  • Se garantiza la libertad de elección de obra social por parte del trabajador.
  • Las obras sociales deben presentar anualmente su programa de prestaciones, presupuesto y balance financiero ante la Superintendencia.
  • El Estado puede intervenir una obra social si detecta irregularidades graves.

Esta ley se complementa con otras normas como la Ley N.º 23.661 (Sistema Nacional del Seguro de Salud) y el Decreto N.º 70/2023, que actualiza varios artículos para mejorar la transparencia y el control.