VIOLENCIA DE GÉNERO

CUIDARTE, CUIDARNOS, CUIDARME

La violencia de género es una grave problemática social que afecta la salud, la dignidad y la vida de miles de personas, especialmente mujeres y diversidades, en todo el país. Se manifiesta en múltiples formas —física, psicológica, sexual, económica, simbólica— y en distintos ámbitos: el hogar, el trabajo, las instituciones, los medios de comunicación, entre otros..

Ley N.º 26485: Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

La Ley N.º 26.485 es una norma argentina que busca proteger a las mujeres de todo tipo de violencia, en cualquier ámbito donde se desarrollen sus relaciones personales. Fue sancionada en 2009 y es de aplicación en todo el país.

Esta norma reconoce que la violencia contra las mujeres no es solo física, sino también psicológica, sexual, económica, patrimonial y simbólica, y puede manifestarse en distintos entornos, como el hogar, el trabajo, las instituciones, el sistema médico y los medios de comunicación.

Además, establece modalidades específicas de violencia según el contexto: violencia doméstica, institucional, laboral, obstétrica y mediática. Reconocer estas variantes permite al Estado y a la sociedad abordar el problema de manera más efectiva y focalizada. También se reconocen derechos esenciales como vivir sin violencia ni discriminación, recibir atención integral gratuita, acceder a la justicia, y ejercer libremente los derechos sexuales y reproductivos.

La ley obliga al Estado argentino a generar políticas públicas destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia, capacitar a sus funcionarios en perspectiva de género, y coordinar esfuerzos entre organismos nacionales, provinciales y municipales. Esta obligación incluye brindar asistencia legal, psicológica y médica a las víctimas, así como garantizarles el acceso real y efectivo a todos sus derechos.


Ley N.º 27696: PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO DE LAS OBRAS SOCIALES NACIONALES

La Ley N.º 27.696, sancionada en Argentina en 2022, establece que las personas víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir una atención integral en salud como parte del Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto incluye la cobertura total y gratuita de prácticas médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas y cualquier otra atención necesaria para su recuperación física y emocional.

La ley obliga a todas las obras sociales, prepagas y entidades médico-asistenciales a brindar esta cobertura como prestación obligatoria. Además, reconoce la violencia de género como una problemática sociosanitaria, en línea con lo definido por la Ley N.º 26.485, y contempla su abordaje en todos los ámbitos: doméstico, laboral, institucional, obstétrico, mediático, entre otros.

El Ministerio de Salud de la Nación es la autoridad de aplicación y debe elaborar un protocolo específico para garantizar la implementación efectiva de esta ley.