IDENTIDAD DE GÉNERO

MI GÉNERO, MI TRATO, MI SALUD

La Ley de identidad de género, sancionada en Argentina en 2012, reconoce el derecho a la identidad de género de todas las personas. Esto significa que cada persona puede ser reconocida y tratada según el género con el que se identifica, sin necesidad de cumplir requisitos médicos o judiciales.

Ley N.º 26743

La ley permite que cualquier persona mayor de 18 años solicite el cambio registral de su nombre, imagen y sexo en documentos oficiales, como el DNI y la partida de nacimiento. Para menores de edad, el trámite puede hacerse con el consentimiento de sus representantes legales y del propio menor, respetando su desarrollo progresivo.

Además, garantiza el acceso a tratamientos hormonales y cirugías de adecuación corporal en el sistema de salud público y privado, sin necesidad de autorización judicial. Todo esto se realiza bajo el principio de consentimiento informado, es decir, la persona decide libremente si desea acceder a estos tratamientos.

La ley también establece que debe respetarse el nombre elegido en todos los ámbitos, tanto públicos como privados, y protege la confidencialidad de los datos anteriores al cambio registral.


Salud Integral de LGBTI+

La salud, entendida en términos de integralidad, incluye todos los aspectos que hacen al bienestar (físico, psicológico y social) y no solo a las enfermedades, en pleno respeto de la autonomía de las personas. Documentos y acciones de acompañamiento para garantizar el acceso al derecho a la salud integral de LGBTI+