La Ley Nacional de Prevención del Suicidio N.º 27.130, sancionada en 2015 y reglamentada por el Decreto 603/2021, que establece un marco legal para abordar el suicidio como un problema de salud pública, con enfoque preventivo, asistencial y comunitario.
Prevención: La ley declara de interés nacional la atención biopsicosocial de personas en riesgo. Promueve campañas de concientización y capacitación en ámbitos educativos, laborales y comunitarios. Recomienda a los medios de comunicación un tratamiento responsable de las noticias vinculadas al suicidio.
Asistencia: Toda persona que haya tenido un intento de suicidio tiene derecho a recibir atención médica integral. Se prioriza la atención de niños, niñas y adolescentes, sin discriminación. Se exige la conformación de equipos interdisciplinarios según la Ley de Salud Mental N.º 26.657.
Posvención: Se contemplan acciones posteriores al suicidio para acompañar a familiares y entornos cercanos.
Cobertura: Las obras sociales, prepagas y entidades médicas deben brindar cobertura para la detección, tratamiento y seguimiento de personas en riesgo o que hayan intentado suicidarse.
El Ministerio de Salud de la Nación es la autoridad de aplicación, en coordinación con provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También se articula con la Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones (CONISMA).
Abordar la problemática del suicidio implica pensar en términos de complejidad y multicausalidad. Se trata de un fenómeno de gran magnitud tanto a nivel mundial como en nuestro país, que afecta al tejido social, con alto impacto para el entorno familiar y social de la persona y su comunidad de pertenencia, con efectos de amplio alcance.
En este marco, como autoridad de aplicación de la Ley Nacional de Prevención del Suicidio, la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental implementa el Programa de Abordaje Integral de la Problemática del Suicidio, que tiene como propósito promover líneas de acción para el abordaje integral de la problemática de suicidio y ser un núcleo articulador del trabajo interdisciplinario entre los distintos niveles de atención, así como de manera interministerial e interjurisdiccional. Pretende, a su vez, fortalecer las políticas y programas jurisdiccionales, y las acciones que se vienen desarrollando en los distintos efectores locales, trabajando en forma mancomunada tanto para potenciar los recursos existentes como para promover la creación de otros nuevos.
El equipo interdisciplinario de salud mental de nuestra institución se distingue por su sólida formación, ética profesional y trabajo colaborativo. Los profesionales brindan una atención integral que considera no solo el diagnóstico clínico, sino también el contexto social, familiar y emocional de cada afiliado. Nuestro equipo, además, se encarga de supervisar, realizar seguimiento y coordinar con los equipos interdiciplinario de las empresas prestatarias que trabajan en conjunto con OSPUAYE.
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CONTACTO:
La prevención del suicidio es una responsabilidad que nos involucra a todos. En Argentina, cada vida cuenta, y cada gesto de escucha, contención y acompañamiento puede marcar la diferencia. El suicidio no es un acto aislado ni una decisión individual sin contexto: es un fenómeno complejo, multicausal, que atraviesa dimensiones personales, sociales, culturales y económicas. Por eso, la respuesta debe ser comunitaria, empática y sin prejuicios. Hablar del tema con respeto, sin estigmas, es el primer paso. Escuchar sin juzgar, ofrecer ayuda, y saber a dónde acudir son herramientas poderosas. Las escuelas, los medios de comunicación, los espacios de trabajo, las familias y los servicios de salud deben estar preparados para detectar señales de alerta y actuar con sensibilidad. Desde el Estado, el Ministerio de Salud de la Nación impulsa el Programa de Abordaje Integral de la Problemática del Suicidio, en el marco de la Ley Nacional N.º 27.130. Este programa promueve acciones de prevención, asistencia y acompañamiento en todo el país.